Últimamente me hacen bastantes preguntas sobre Internet, la música, las descargas, los P2P, etc. Creo que merece la pena poner un pequeño artículo para que todos sepamos de que estamos hablando.
Aclaremos conceptos:
1-. El P2P, o mas bien, los programas P2P, son totalmente legales, son programas destinados al intercambio de archivos, y ya está. Se le puede dar muchas vueltas pero programas como emule, bittorrent, etc. son completamente legales ya que no están "destinados" a infringir el copyright ni presentan herramientas o funciones que nos ayuden a violar el copyright. Sin embargo, pueden existir programas P2P destinados a infringir el copyright con lo que serían ilegales. Por eso aconsejo primero informarse, o mantenerse con emule/edonkey, bittorrent(cualquiera de sus clientes), etc. que son los mas conocidos.
2-. Descargar archivos con copyright de las redes P2P "NO" es ilegal (hablo de música, películas, series, etc. no de software), el por qué es muy sencillo: no existe un animo de lucro y no se realiza una comunicación masiva. Lo de la comunicación masiva esta agarrado por los pelos pero así es, P2P significa "punto a punto" es decir de ordenador a ordenador por lo que de masivo nada. En cuanto al animo de lucro, la ley dice que el animo de lucro es cualquier beneficio "económico directo", mientras que la $gae y amigos dicen que es cualquier tipo de beneficio: que me ahorro el CD original? lucro, que me siento bien escuchando la música, lucro, que mi padre se pone contento por que le regalo un CD? lucro. Lo único que pasaría es que en ese caso, no creo que la $gae siguiese siendo una organización "sin animo de lucro" como es ahora (xDDD perdón, me he acordado de un chiste y me ha hecho gracia...).
3-. Las descargas de música, películas, etc. se consideran copias privadas, y a diferencia de lo que mucha gente cree, no hace falta tener el original para poder hacer una copia privada.
Para terminar, diferenciemos el concepto de copia privada y copia de seguridad:
- una copia privada es una copia realizada para el disfrute privado, pero no tiene que ser "MI" disfrute privado, es decir, puedo hacer una copia privada para mi padre, mi madre o mi hermano, o para un amigo... No hace falta que yo esté en posesión del original para poder hacer la copia privada, por esa razón las descargas de P2P se consideran copia privada... a no ser que vendas luego los CDS que descargas, con lo que eso sería delito, y muy gordo.
- una copia de seguridad es una copia que realizamos para proteger nuestro original. En este caso es obligatorio que seamos los poseedores del original, y además, el uso de la copia de seguridad solo lo podemos realizar nosotros. Si regalamos la copia de seguridad a alguien, debemos regalarle también el original, y viceversa.
En la legislación española actual, las cosas están tal que así:
- música, Cine, Televisión, etc. : se permite tanto la copia de seguridad como la copia privada.
- Programas, Juegos y demás software : sólo se permite la copia de seguridad.
Bueno, pues aquí queda este "resumen" :)
Espero que sea útil.
Para más información echadle un vistazo a los vínculos, suelo coger mucha información de esos blogs.
CARLOSUES
David Bravo
Jorge Cortell
Me temo que tengo algunas copias privadas ilegales. Gracias.